CONCILIADOR PRIVADO- OPINIÓN PERSONA EXPERTA INDEPENDIENTE - MEDIADOR en Almuñécar (GRANADA)

CONCILIADOR PRIVADO- OPINIÓN PERSONA EXPERTA INDEPENDIENTE - MEDIADOR en Almuñécar (GRANADA). La reciente entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, ha introducido importantes reformas en el ámbito de la Justicia en España, destacando la promoción de métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC), En el orden jurisdiccional civil, con carácter general, para que sea admisible la demanda se considerará requisito de procedibilidad acudir previamente a algún medio adecuado de solución de controversias como la mediación, conciliación privada u opinión de persona experta independiente (art. 5)
Nuestro despacho le ayuda al acceso a Métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC), bien mediante conciliación privada, opinión de experto o mediación, llegando a una solución extrajudicial del conflicto o facilitando acta de intento de conciliación previa a la vía judicial.
Conciliador privado
Toda persona física o jurídica que se proponga ejercitar las acciones legales que le corresponden en defensa de un derecho, puede requerir a una persona con conocimientos técnicos o jurídicos relacionados con la materia de que se trate, para que gestione una actividad negociadora tendente a alcanzar un acuerdo conciliatorio con la parte a la que se pretenda demandar (art. 15)
- Documentar un acta de inicio de la conciliación, firmada por todas las partes, delimitando el objeto de la controversia, los honorarios y si las partes van a comparecer por sí mismas o asistidas de letrado, letrada o representante legal.
- Elaborar un acta final en el que se recoja la propuesta sobre la que existe acuerdo total o parcial y firmar en su calidad de persona conciliadora dicho acuerdo junto con las partes y sus abogados y abogadas o representantes legales si estuviesen participando en el proceso.
- j) En caso de desacuerdo, emitir una certificación acreditativa de que se ha intentado sin efecto la conciliación.
- k) Si la parte requerida ha rehusado participar en el proceso conciliador, hacerlo constar en el certificado que emita.

Opinión persona experta independiente
Las partes, con objeto de resolver una controversia, podrán designar de mutuo acuerdo a una persona experta independiente para que emita una opinión no vinculante respecto a la materia objeto de conflicto. Las partes estarán obligadas a entregar a la persona experta toda la información y pruebas de que dispongan sobre el objeto controvertido (art. 18)
Nuestros expertos realizarán entre otras:
- Asesoría jurídica y legal por abogados colegiados
- Valoraciones inmobiliarias por perito judicial inmobiliario
- Auditorias y valoraciones contables y financieras por perito judicial contable
- Valoración del lucro cesante por perito judicial experto en lucro cesante

Mediador privado
La mediación se regirá por lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y, en su caso, por la legislación autonómica que resulte de aplicación. No obstante, a efectos de lo dispuesto en esta ley, la mediación es uno de los medios adecuados de solución de controversias con el que se podrá cumplir el requisito de procedibilidad al que se refiere el artículo 5.1.

La reciente entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, ha introducido importantes reformas en el ámbito de la Justicia en España, destacando la promoción de métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC). para que sea admisible la demanda se considerará requisito de procedibilidad acudir previamente a algún medio adecuado de solución de controversias. Nuestro despacho le ayuda al acceso a Métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC), bien mediante conciliación privada, opinión de experto o mediación

Por Juan José Sanchez Busnadiego 27 de junio de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 27 de junio de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 22 de junio de 2026
ABOGADO INDEMNIZACIONES EN ESTEPONA (MALAGA): ACCIDENTES, TRAFICO, LESIONES, DAÑOS, PERJUICIOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, PERDIDAS, LUCRO CESANTE En Estepona (Málaga) reclama tu indemnización. Abogados especialistas en reclamaciones: Accidentes, tráfico. Daños materiales, Patrimoniales, Desperfectos, económicos. Lesiones corporales. Responsabilidad civil. Secuelas. Lucro cesante. Perjuicio económico.
Por Juan José Sanchez Busnadiego 20 de junio de 2026
ABOGADO INDEMNIZACIONES EN ISDABE - PARAISO - ATALAYA - GUADALMINA - MARBELLA (MALAGA): ACCIDENTES, TRAFICO, LESIONES, DAÑOS, PERJUICIOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, PERDIDAS, LUCRO CESANTE En Isdabe - Paraiso - Atalaya - Guadalmina - Marbella (Málaga) reclama tu indemnización. Abogados especialistas en reclamaciones: Accidentes, tráfico. Daños materiales, Patrimoniales, Desperfectos, económicos. Lesiones corporales. Responsabilidad civil. Secuelas. Lucro cesante. Perjuicio económico.
Por Juan José Sanchez Busnadiego 19 de junio de 2026
ABOGADO INDEMNIZACIONES EN PUERTO BANÚS - MARBELLA (MALAGA): ACCIDENTES, TRAFICO, LESIONES, DAÑOS, PERJUICIOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, PERDIDAS, LUCRO CESANTE En Puerto Banús - Marbella (Málaga) reclama tu indemnización. Abogados especialistas en reclamaciones: Accidentes, tráfico. Daños materiales, Patrimoniales, Desperfectos, económicos. Lesiones corporales. Responsabilidad civil. Secuelas. Lucro cesante. Perjuicio económico.
Por Juan José Sanchez Busnadiego 18 de junio de 2026
ABOGADO INDEMNIZACIONES EN SAN PEDRO DE ALCÁNTARA (MALAGA): ACCIDENTES, TRAFICO, LESIONES, DAÑOS, PERJUICIOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, PERDIDAS, LUCRO CESANTE En San Pedro de Alcántara (Málaga) reclama tu indemnización. Abogados especialistas en reclamaciones: Accidentes, tráfico. Daños materiales, Patrimoniales, Desperfectos, económicos. Lesiones corporales. Responsabilidad civil. Secuelas. Lucro cesante. Perjuicio económico.
Por Juan José Sanchez Busnadiego 18 de junio de 2026
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