CONTADOR PARTIDOR

Contador partidor
Es una figura que se designa para evitar problemas en el reparto de una herencia. Puede ser designado por el causante de la herencia en testamento o bien puede ser designado por los herederos, el notario o el letrado de la administración judicial (los anteriormente conocidos como secretarios judiciales).
El contador partidor debe ser un tercero, es decir, no puede ser ninguno de los herederos quien asuma esta figura para definir el reparto de la herencia.
Funciones
Entre las funciones del contador partidor está determinar y fijar todos los bienes, derechos y deudas a repartir entre los herederos. Además de esto, como se deduce de la explicación ya dada, el contador partidor deberá realizar el cuaderno particional en el que se incluye el inventario de los bienes, derechos y deudas y su valoración económica, y qué le corresponde a cada heredero. Así mismo, el contador partidor se encargará de liquidar la sociedad de gananciales si era el régimen económico matrimonial vigente al momento de la defunción.
Contador partidor testamentario y contador partidor dativo
Ahora que ya hemos explicado qué es un contador partidor, vamos a ver qué clases de contador partidor nos podemos encontrar a la hora de gestionar una herencia.
Como has podido deducir del título de este epígrafe, existen dos tipos: contador partidor testamentario y contador partidor dativo. Vamos a explicar cada uno de ellos.
Contador partidor testamentario
Esta figura se da cuando es el propio causante de la herencia quien en testamento prevé y asigna la figura de contador partidor a un tercero.
El contador partidor testamentario suele ser designado cuando el testador presiente que entre sus herederos no van a llegar a un acuerdo en el reparto de la herencia, en esos casos, se deja dispuesto en testamento que se define a una determinada persona como contador partidor que será quien se encargue, a su fallecimiento, realizar la correspondiente partición de la herencia.
En cuanto al reparto de los bienes, derechos y deudas del caudal hereditario realizado por esta figura, no tiene que ser aprobada por los herederos, aunque si estos no están conformes con el reparto realizado por esta persona sí podrán impugnar la partición realizada por el contador partidor testamentario.
Contador partidor dativo
La siguiente clase de contador partidor al que nos podemos enfrentar en la gestión de una herencia es el contador partidor dativo. Esta persona es designada por los herederos cuando no se llega a un acuerdo en la partición de una herencia. Al igual que en el caso anterior, el contador partidor dativo no puede ser heredero y, para que esta figura sea designada, tiene que ser solicitado por herederos que representen al menos el 50% del caudal hereditario.
Al contrario que en el caso anterior, cuando la partición de la herencia es realizada por el contador partidor dativo sí debe ser aprobada por los herederos. De existir discrepancias entre los herederos y alguno de ellos no aceptar la partición definida por esta figura, se puede pedir al notario o al secretario judicial que apruebe dicha partición.
FUENTE: RECLAMADOR

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.


