Desahucio express contra un inquilino

Variables que afectan a la duración de un desahucio
En un proceso intervienen tres sujetos: el estado (el juzgado), el propietario y el inquilino.
El Juzgado
Sin duda el funcionamiento del juzgado afecta muchísimo en que el desahucio se acelere o se atrase.
Es una realidad que los juzgados tienen una carga de trabajo inmensa, y ello hace que los asuntos que tienen vayan muy lentos.
Cuando el personal del juzgado no puede atender convenientemente su trabajo (por ejemplo, cuando hay una baja laboral que no es sustituida por otro trabajador o simplemente por haber menos personal en el juzgado del recomendable) entonces el desahucio se alarga bastante.
Fecha de juicio y desahucio
Lo primero que marca el plazo del proceso van a ser las fechas de juicio y desahucio. Esas fechas vienen en el decreto de admisión a trámite, y dependen de la agenda del juzgado.
Por tanto, si la agenda del juzgado está repleta entonces la fecha de juicio y desahucio será para dentro de varios meses, con lo que como puedes imaginar el desahucio se retrasará muchísimo. Es el primer indicio de un proceso largo.
Si por el contrario el juzgado funciona bien y tienen una agenda bien gestionada, entonces nos darán fechas más próximas, con lo que el proceso tardará menos.
Las notificaciones
Dentro de esta sección tengo que incluir las notificaciones. Para mí son la pesadilla de cualquier proceso. Las notificaciones suele hacerlas el juzgado, y los servicios de notificaciones de los juzgados están muy colapsados, por lo que es frecuente que notificar una demanda al inquilino pueda consumir fácilmente dos meses o más.
Desde hace tiempo existe la posibilidad de que sea el procurador/a del propietario quien haga las notificaciones, y es una opción excelente, pues lo que el juzgado tarda dos meses en comunicar, el procurador lo hace en una semana o menos.
Particularmente, yo trabajo bajo esta modalidad siempre que puedo.

El abogado del propietario
El abogado del arrendador o propietario es una figura fundamental para hacer que el proceso vaya más rápido.
Un abogado especialista y con habilidades informáticas puede conseguir resultados muy buenos dado que en casi todo momento sabe, sobre la marcha, que respuesta hay que dar al juzgado ante cada escrito que el juzgado le manda.
El inquilino
También la duración del proceso va a depender, sobre todo, de los que haga el inquilino.
Cuando el inquilino recibe la demanda en su casa, puede pedir justicia gratuita o no pedirla.
Si pide abogado de oficio el proceso será más largo, pues el proceso de asignación de abogado de oficio suele tardar tres o cuatro semanas (a veces un par de meses). Si no pide justicia gratuita mejor, pues el proceso durará menos.
Otra de las variables es si el inquilino se opone o no a la demanda.
Así, si el inquilino no se opone a la demanda no habrá juicio. Esto hará que el desahucio no dure tanto. Si el inquilino sí se opone a la demanda (tiene que hacerlo con abogado y procurador) entonces habrá juicio, y esto hace que el proceso se retrase.
Otras acciones que se pueden dar y que afectan a la duración del proceso es, por ejemplo, que el inquilino o su familia se encuentre en situación de vulnerabilidad social, que el inquilino tenga niños menores de edad en la vivienda, etc.

Terceras personas
Otra cuestión que afecta, y bastante, es que haya en la vivienda personas distintas a los inquilinos. Es decir, que en cualquier momento del proceso vaya al juzgado alguna otra persona diciendo que también vive en esa vivienda.
Y ello porque entonces a esa tercera persona se le concede un plazo de cinco días para que aporte la documentación que le permite vivir en la casa. Normalmente no existirá dicha documentación, así que esa tercera persona no puede seguir viviendo en la casa.
Pero el problema radica en que si esa tercera persona pide justicia gratuita, entonces ya tenemos un nuevo retraso de varias semanas.
Resumen
Tal y como he mencionado, la norma general es que un desahucio dure unos seis meses porque en la mayoría de los casos (aproximadamente un 75% de los casos) el inquilino no se opone a la demanda ni pide justicia gratuita.
Pero en el momento que pida justicia gratuita o que se oponga a la demanda, entonces ya nos vamos con facilidad a unos ocho meses, y eso sin que se de ningún tipo de problema, ya que si se da algún tipo de problema adicional del tipo que he comentado anteriormente, entonces es posible irse a los diez o doce meses.
En cualquier caso, opta por un abogado especialista y con experiencia, capaz de adelantarse a lo que pueda ir sucediendo y capaz de resolver con rapidez los imprevistos que vayan surgiendo.

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Por Juan José Sanchez Busnadiego 13 de marzo de 2026
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.
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