Es posible reclamar la cláusula suelo en el caso de que la hipoteca haya vencido

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre esta cuestión, arrojando algo de luz sobre este debate. El Alto Tribunal entiende que la extinción del contrato de préstamo hipotecario no priva en ningún caso al prestatario de poder ejercitar la acción dirigida a obtener la declaración de nulidad de la cláusula suelo, por ser esta una cláusula abusiva.
Esto viene a contradecir la posición mantenida de forma habitual por las entidades financieras. Estas sostienen que por motivos de seguridad jurídica no es posible declarar abusiva una cláusula de un contrato ya consumado en el que ya se han abonado la totalidad de las cuotas hipotecarias.
El Tribunal Supremo entiende que, tratándose de una cláusula radicalmente nula, la acción para pedir la nulidad de la misma no prescribe y, por lo tanto, el consumidor está en su derecho de solicitar la restitución de lo indebidamente pagado en aplicación de dicha cláusula.
De hecho, el Tribunal Supremo ya se había pronunciado en ocasiones anteriores defendiendo la tesis de considerar imprescriptible la acción si concurre nulidad. En este sentido, a modo de ejemplo, cabe citar la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de Marzo de 2002, donde expresamente se decía “los vicios de inexistencia y nulidad radical de los actos o negocios jurídicos no son susceptibles de sanación por el transcurso del tiempo”.
Existen otros muchos ejemplos al respecto. De hecho, muchas sentencias dictadas por los tribunales tanto en primera instancia, como por parte de algunas Audiencias Provinciales ya venían sosteniendo este mismo criterio, aunque no era esta una posición unánime, y algunos juzgados se habían mostrado reacios a aplicar esta tesis
Esta Sentencia del Tribunal Supremo es importante ya que es la primera vez que se pronuncia expresamente sobre esta cuestión en relación directamente a la cláusula suelo. Por lo tanto, si bien es cierto que existe un plazo de cuatro años para poder reclamar el dinero una vez que una cláusula ha sido declarada nula por parte de un juez, la conclusión es que, si esta solicitud de devolución se hace coincidir con la demanda por la que se solicita la nulidad de la cláusula suelo, no existe un límite temporal para poder reclamar, aunque el préstamo haya vencido.
Este pronunciamiento despeja el camino para que muchos consumidores que ya habían liquidado su préstamo hipotecario vean ahora más factible la posibilidad de recuperar su dinero sin arriesgarse a una posible condena en costas si el juzgado no les daba la razón. Esto hace previsible además un aluvión de nuevas demandas judiciales por parte de los consumidores, con el consiguiente riesgo de aumentar los ya de por sí colapsados juzgados especializados en materia hipotecaria.
Hay que tener en cuenta que estamos ante una primera sentencia dictada por el Tribunal Supremo, por lo que no puede hablarse propiamente de jurisprudencia. Conviene recordar al respecto que para que podamos hablar de jurisprudencia tiene que haber dos o más Sentencias del Tribunal Supremo que en relación con una misma materia interpreten una norma en igual sentido.
El primer paso sin embargo ya está dado y ha de ser valorado muy positivamente para los intereses de los consumidores afectados por la cláusula suelo.

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Málaga: Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Granada: Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Torremolinos (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Fuengirola - Mijas (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Guadalmina - Paraiso Barronal - Atalaya - Isdabe (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En San Pedro de Alcántara (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.


