Cómo recibir una indemnización por accidente de tráfico

Los atropellos a peatones están a la orden del día. Al año se producen unos 11.000 atropellos. El dato no pretende alarmar a los ciudadanos, simplemente constatar un hecho y llamar la atención de los peatones para extremar las precauciones cuando cruzan la calzada. Los números no quieren decir que por salir a la calle vayas a sufrir un atropello, ni mucho menos. De hecho, lo más probable es que jamás en tu vida sufras un percance de este tipo, pero no deja de ser una posibilidad que está ahí. Tanto es así que es más que probable que conozcas a alguien que o ha sufrido un atropello o que conozca a alguien que ha sido víctima de uno.
También hay que remarcar que no todos los atropellos terminan siendo graves o mortales. Algunos tienen consecuencias leves o insignificantes. En cualquier caso, es recomendable caminar por la calle con responsabilidad y evitando al máximo exponerte a los peligros de la vía pública.
Indemnizaciones por accidentes de tráfico
También conviene recordar que si terminas siendo víctima de un atropello, tienes derecho a reclamar una indemnización.
El proceso de indemnización puede suponer una buena cantidad de dinero a tu favor. Para eso debes ponerte en contacto con abogados especialistas en este tipo de situaciones. Acudir a abogados accidentes de tráfico puede, por un lado, aumentar tus probabilidades de conseguir una indemnización, y, por otro, incrementar el valor de la compensación a la que tengas derecho.
Tus abogados se encargarán de asesorarte y facilitarte toda la información que necesites para que la reclamación fructifique. Tendrás que aportar los papeles del seguro, puede que necesites un parte de lesiones del hospital, etc. En cualquier caso, tu bufete de abogados se encargará de guiarte en tu camino hasta la indemnización.
Además, en líneas generales, los abogados para estas cuestiones no suelen cobrar a menos que tu caso prospere y resultes ganador del pleito, independientemente del número de reuniones que hayáis mantenido, tanto para que recibas la información necesaria como para preparar el caso.
Reclamar atropello a peatón es un derecho que tienes siempre que sufras un accidente de este tipo.
Principales infracciones de los peatones que son causas de atropellos
Los atropellos no siempre son responsabilidad de los conductores. A pesar de que por razones obvias los viandantes sean los principales perjudicados en un atropello, no siempre están exentos de culpa y muchas veces son los causantes de los accidentes por diversos motivos:
• Cruzar sin mirar la calle.
• Cruzar por un lugar en el que no hay paso de cebra.
• Cruzar la calle en diagonal.
• Caminar por una zona en la que está prohibido el tránsito peatonal.
Al cruzar la calle ten mucho cuidado. Mira muy bien a ambos lados de la carretera. Cruza por el paso de peatones. Y fíjate bien en si hay algún peligro potencial, aunque tú tengas la prioridad, ya que en caso de atropello tú serás quien tendrá más que perder.
Y desde luego, si eres víctima de algún atropello, inicia los trámites legales para reclamar una indemnización que puedes tener más que merecida.

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Por Juan José Sanchez Busnadiego 29 de abril de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 29 de abril de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 29 de abril de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 8 de abril de 2026
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Por Juan José Sanchez Busnadiego 7 de abril de 2026
¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Guadalmina - Paraiso Barronal - Atalaya - Isdabe (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal
Por Juan José Sanchez Busnadiego 13 de marzo de 2026
¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En San Pedro de Alcántara (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal
Por Juan José Sanchez Busnadiego 13 de marzo de 2026
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.
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