JURISPRUDENCIA RECIENTE

CIVIL
S Sala 1ª, 20-04-2021. Derecho a la propia imagen. Publicación en la página web del diario Marca, de fotos de una modelo en ropa interior y desnuda, en la sección de ocio "Tiramillas", con el texto: "La modelo y actriz española natural de León, Sonia, nos trae su primera sesión al desnudo para la cámara de Sergio". Dichas fotografías fueron obtenidas de las imágenes de la página web de la revista mejicana PMagazine, a la que la demandante había cedido los derechos de imagen. Las otras, en ropa interior, se captaron de la cuenta de Instagram de la demandante. En ambos casos, sin contar con el consentimiento de la modelo. Se estima la demanda y el TS fija en 50.000 euros el importe de la indemnización por daño moral.
AP León, 05-03-2021. Las sentencias que declaran la extinción de los alimentos no tienen efectos retroactivos de suerte que no puede obligarse a devolver, ni en parte, las pensiones percibidas, por supuesto consumidas en necesidades perentorias de la vida.
TS Sala 1ª, 20-04-2021. Derecho al honor. Manifestaciones de un abogado en un blog y en Twitter que contienen expresiones críticas con una sociedad gestora de cooperativas de viviendas. La libertad de expresión ampara la emisión pública de manifestaciones críticas a una actividad empresarial, con una base fáctica suficiente y sin el empleo de expresiones insultantes, aunque sean discutibles.
SOCIAL
TSJ Rioja, 04-03-2021. Es nulo el despido de una trabajadora con un contrato temporal (con promesa de indefinido) por comunicar a la empresa su embarazo.
PENAL
TS Sala 2ª, 22-04-2021. Se confima la condena a un empresario que accedió al correo electrónico privado del trabajador. El juicio histórico no ofrece dato alguno que respalde la idea de que el trabajador renunció anticipadamente a la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas. No concurre legítima defensa ni error de prohibición.
TS Sala 2ª, 21-04-2021. Aprecia la circunstancia agravante de uso de disfraz a un hombre que atracó un comercio ocultando su rostro con una mascarilla sanitaria porque cuando cometió el atraco la mascarilla no era de uso obligatorio.
AP Valencia, 13-04-2021. Absuelve de un delito de homicidio a un hombre que mató a su hermana en una pelea al apreciar la eximente de miedo insuperable. De acuerdo con el dictamen de los especialistas, la pelea pudo provocarle una respuesta del instinto de conservación, al asumir que su vida corría peligro, y hacerle experimentar una emoción violenta, por la que se actúa de manera impulsiva y se pierde la capacidad reflexiva.

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.


