La pareja de un narcotraficante, absuelta al «no conocerse su existencia», a pesar de ser pillada portando un maletín

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a la pareja de un narcotraficante, ambos detenidos, por los dos delitos por los que estaba condenada. Así, el alto tribunal ha recordado que el hecho de tener una relación sentimental con una persona involucrada en un delito no es suficiente para considerarla cómplice o coautora.
Ser pareja de una persona relacionada con el narcotráfico no es suficiente para ser coautor de sus acciones. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo, en relación a un caso de estupefacientes que tenía sus inicios en Aragón.
Así pues, tras una investigación policial, varios fueron los detenidos por «su dedicación a la distribución de sustancias estupefacientes». En concreto, tres eran los principales organizadores: Genaro, Marcial y Víctor Manuel (nombres ficticios). Hombres que contaron con la colaboración de varias personas, entre las que se encontraban sus parejas.
Negocio de venta y distribución de cocaína que acababa ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de Instrucción nº3 de Teruel, y seguido ante la Sección Única de la Audiencia Provincial de Teruel. Tribunal que, en su sentencia de 30 de diciembre de 2022, condenaba a los acusados.
Entre ellos, a Virtudes (nombre ficticio), pareja de uno de los narcotraficantes encausados. Mujer a la que la Audiencia condenó a siete años de prisión y multa de 100.000 euros. Ello, considerándola autora de un delito de pertenencia a grupo criminal, y otro contra la salud pública.
Sentencia ante la que la condenada presentaba un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Tribunal que, sin embargo, desestimaba las pretensiones de la condenada, así como las de otros involucrados, confirmando íntegramente la sentencia de instancia.
EL TS ABSUELVE A LA PAREJA DEL NARCOTRAFICANTE
Caso que llegaba ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la Sala de lo Penal compuesta por los magistrados Ana María Ferrer (ponente), Juan Ramón Berdugo, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado y Leopoldo Puente Segura.
Tribunal que, en su sentencia 794/2024, dada a conocer por el abogado de derecho penal Salvador Castillejo Leonés, absuelve a Virtudes de los delitos de pertenencia a grupo criminal y tráfico de drogas que pensaban sobre ella.
«La sentencia recurrida […] se fundamenta esencialmente en que la acusada es la pareja de Eutimio. Y que residía con él en el mismo piso de Zaragoza», explica el fallo del Supremo.
Así, el TSJA entendía que, a pesar de que la relación sentimental de Virtudes con Eutimio «no es bastante para originar responsabilidad penal», el hecho de que la acusada «fuera sorprendida saliendo del domicilio con una maleta que llevaba recortes de plástico», generalmente utilizados para distribuir droga, eran suficientes para valorar su relación con la trama.
«El juicio deductivo, aunque dotado de cierta dosis de racionalidad y plausibilidad […] deja abierto un espectro de posibilidades que ponen de relieve la debilidad y fragilidad del razonamiento inferencial que lo sustenta», explica el TS.
Ello, especialmente, debido a que «Virtudes nunca fue vista a lo largo de toda la investigación. Ni se conocía de su existencia». Tanto es así, que «contra ella no existen intervenciones telefónicas, ni seguimientos de ningún tipo. Tampoco fue vista en compañía de ninguno de los investigados».
«La convivencia con el traficante y el simple conocimiento y tolerancia, sin prueba adicional, son insuficientes para afirmar la coautoría» destaca el Supremo en su sentencia, en la que finalmente absuelve a la acusada.

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Málaga: Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Granada: Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Torremolinos (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Fuengirola - Mijas (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En Guadalmina - Paraiso Barronal - Atalaya - Isdabe (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

¿PROBLEMAS PENALES? ¿DETENIDO? ¿INVESTIGADO? - En San Pedro de Alcántara (Málaga): Abogado defensor. Defensa penal en juicios. Asistencia al detenido. - Representación y defensa: Delitos de estafa, apropiación indebida, hurto, robo, daños… WWW.ABOGADOSANCHEZBUSNADIEGOABOGADOS.COM 📞 +34619 212 569 info@sanchezbusnadiego.com #abogadopenalista #defensapenal #abogadopenal

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada». El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública. Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema. Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008. Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia. Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada. Sin embargo, en abril de 2024, Detectives Garbo comprobaba que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas. También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna. Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave. Ir al gimnasio puede ser motivo de despido Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente). Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas». Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual. Motivos que desestimaba el tribunal. «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal. Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido. Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.


