ULTIMA JURISPRUDENCIA

ULTIMA JURISPRUDENCIA
CIVIL
TS Sala 1ª; 27-09-2021. El TS fija la agregación de apellidos como mecanismo para la conservación del apellido en riesgo de desaparecer. - Tribunal Supremo - Sala Primera - Sección Primera - Jurisdicción: Civil - Sentencia - Num. Res.: 629/2021 - Num. Rec.: 1035/2019 - Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL8.615.000)
TS Sala 1ª; 20-09-2021. Menores no acompañados. Impugnación del decreto de edad del Ministerio Fiscal. La jurisdicción civil es competente para conocer de la pretensión ejercitada en atención al contenido de los derechos invocados que, como ha quedado dicho, están vinculados a la determinación de la edad y permiten fijar el estado civil y la identidad del menor. - Tribunal Supremo - Sala Primera ... (TOL8.601.549)
TJUE; 09-09-2021. Los artículos 6, letra a), y 7, letra a), del Reglamento de Sucesiones deben interpretarse en el sentido de que las reglas de competencia que establecen también son aplicables en caso de que, en su testamento, otorgado antes del citado Reglamento, y el causante no haya elegido la ley aplicable a la sucesión y de que la designación de dicha ley solo resulte del artículo 83, apart... (TOL8.576.590)
TS Sala 1ª; 07-10-2021. Responsabilidad civil derivada de accidente de circulación. Vehículo articulado. Daños materiales sufridos por el semirremolque por culpa del conductor de la cabeza tractora o camión-tractor. No están cubiertos por el seguro obligatorio del camión-tractor por asimilarse el semirremolque a las "cosas transportadas" (art. 5.2 LRCSCVM) - Tribunal Supremo - Sala Primera - Juri... (TOL8.617.369)
LABORAL
TS Sala 4ª; 28-09-2021. Indemnización por fin de contrato por obra o servicio determinado: No procede la de 20 días por año de servicios sino la de 12 reconocida por la empresa. Procedimiento adecuado. Reitera doctrina. - Tribunal Supremo - Sala Cuarta - Sección Primera - Jurisdicción: Social - Sentencia - Num. Res.: 943/2021 - Num. Rec.: 2423/2018 - Ponente: Concepción Rosario Ureste García (TOL8.616.096)
TSJ Canarias; 31-05-2021. Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo. No cabe la captación de imágenes en lugares de descanso de los trabajadores (comedores, vestuarios, etc..) - Tribunal Superior de Justicia de Islas Canarias sede en Las Palmas de Gran Canaria - Sección Primera - Jurisdicción: Social - Sentencia - Num... (TOL8.590.521)
AN 22-09-2021. No es contrario a derecho suprimir la ayuda comida (tickets restaurante) cuando se instaura el teletrabajo. - Audiencia Nacional - Sección Primera - Jurisdicción: Social - Sentencia - Num. Res.: 196/2021 - Num. Rec.: 47/2021 - Ponente: José Luis Niño Romero (TOL8.607.103)
TS Sala 4ª; 22-09-2021. Se declara la nulidad del despido por vulneración de la garantía de indemnidad. Los indicios aportados por la trabajadora han de considerarse suficientes. Tras la demanda de la empleada reclamando su condición de indefinida, la sentencia declaró que era trabajadora indefinida no fija del ayuntamiento. - Tribunal Supremo - Sala Cuarta - Sección Primera - Jurisdicción: Socia... (TOL8.610.963)
PENAL
TS Sala 2ª; 07-10-2021. No descripción en el hecho probado del engaño reclamado por el tipo de estafa. Insolvencia punible. La idoneidad exigible para lesionar el bien juridico en la conducta que difculta el embargo. El rol del principio de intervención mínima en la interpretación y aplicación de la norma penal por los tribunales. - Tribunal Supremo - Sala Segunda - Sección Primera - Jurisdicción... (TOL8.615.012)
TS Sala 2ª; 07-10-2021. El recurso de casación no admite impugnaciones genéricas dirigidas a una revisión global de la valoración probatoria. Régimen del motivo de casación por error facti del art. 849.2º LECrim. - Tribunal Supremo - Sala Segunda - Sección Primera - Jurisdicción: Penal - Sentencia - Num. Res.: 763/2021 - Num. Rec.: 4475/2019 - Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA (TOL8.615.014)
TS Sala 2ª; 30-09-2021. Art. 21.6 CP: Impago pensiones. Atenuante de dilaciones indebidas. La procedencia de la circunstancia modificativa prevista en el art. 21.6 del CP no puede hacerse depender de la ventaja que el paso del tiempo haya generado para el acusado. La experiencia indica que el deseo de obtener un pronto desenlace jurisdiccional no siempre es compartido por quien, por una u otra ra... (TOL8.615.015)
TS Sala 2ª; 30-09-2021. Atraco a sucursal bancaria. Problemática del concurso entre robo con violencia o intimidación y detenciones ilegales. Se estima el recurso al concluir la existencia de concurso de normas, donde el robo absorbe la privación deambulatoria. - Tribunal Supremo - Sala Segunda - Sección Primera - Jurisdicción: Penal - Sentencia - Num. Res.: 740/2021 - Num. Rec.: 10307/2021 - Pon... (TOL8.616.056)
ADMINISTRATIVO
TSJ Galicia; 20-10-2021. Declara la obligación de que los menores usen mascarilla en centros escolares gallegos. El TSXG ha desestimado el recurso interpuesto por una asociación contra el protocolo aprobado por la Xunta para el curso 2020-2021 que obligaba al estudiantado de centros no universitarios de Galicia a utilizar mascarilla debido a la crisis sanitaria. La entidad solicitaba a los magist... (TOL8.619.870)
TSJ Murcia; 22-10-2021. Avala la exigencia de certificado COVID para restaurantes y discotecas. Sin la exigencia de estos documentos sanitarios no sería factible flexibilizar las condiciones de actividad de las celebraciones y del ocio nocturno, por lo que la restricción de derechos que comporta la exigencia de esta documentación se considera proporcional y razonable respecto al beneficio que sup... (TOL8.619.869)
AN; 26-06-2021. Anulada una sanción de protección de datos a un funcionario municipal. Su acción, estuvo dirigida en todo momento a comprobar el correcto funcionamiento de la aplicación que él mismo había dispuesto y los accesos a los datos personales contenidos en las nóminas no tenían el propósito de acceder y conocer tales datos de una manera irregular sino de comprobar el correcto funcionamie... (TOL8.594.647)
TJUE; 14-10-2021. El TJUE declara el régimen de financiación de un bono social de las eléctricas para la protección de los consumidores vulnerables contrario a la UE, por discriminatorio, puesto que impone una aportación financiera obligatoria solamente a determinadas empresas eléctricas . - Tribunal de Justicia - Jurisdicción: Supranacional - Sentencia - Num. Rec.: C-683/19 (TOL8.614.657)
TSJ Cataluña: 07-10-2021: Se autoriza la apertura del ocio nocturno con presentación del certificado de vacunación completo o con prueba diagnóstica con resultado negativo en las últimas 72h. - Tribunal Superior de Justicia de Cataluña - Jurisdicción: Contencioso-Administrativo - Auto - Num. Rec.: 423/2021 - Ponente: Don Jose Alberto Magariños Yánez. (TOL8.609.137)
TSJ Galicia; 08-10-2021. Se autoriza a la Xunta exigir la presentación del certificado COVID-19 para acceder a los albergues turísticos que cuenten con un aforo del 75 % en los espacios de alojamiento compartido. La Sala entiende que la medida preventiva de seguridad sanitaria está justificada, tal y como indica la Orden de 6 de octubre que la contiene, por el tiempo de pernocta en lugares cerra... (TOL8.609.136)

El juzgado de lo Penal nº03 de Móstoles ha absuelto a un agente de policía de un presunto delito de revelación de secretos, después de que la abogada denunciante haya retirado los cargos. Una decisión con la que se cierra un procedimiento abierto en 2021 por la letrada contra dos agentes, después de que uno de ellos accediera a sus datos personales gracias a sus credenciales policiales. Era noviembre de 2020 cuando el agente Alejandro (nombre ficticio), consultaba las bases de datos policiales en relación a la matrícula de una abogada. Pocos meses después, en febrero de 2021, este mismo agente consultaba nuevamente la base de datos policial. En este caso, para conocer las denuncias que esta mujer, abogada de profesión, había realizado ante la Policía. Una actuación que llevaba poco después a Sandra , esta abogada, a presentar una denuncia a este agente, así como a su compañero, ante asuntos internos. Ello, acusándoles de un presunto delito de revelación de secretos. Algo a lo que la mujer unía un presunto delito de injurias. Y es que, en este mismo escrito, aseguraba que estos agentes habían utilizado esta información, así como la información obtenida en una intervención policial en su casa, para difamarla delante de sus clientes. Ello, haciendo declaraciones del tipo «si ya se la había follado, si había ido ya a su domicilio. Que era una drogadicta y tomaba pastillas». Acusaciones ante las que las investigaciones realizadas por la Unidad de Asuntos Internos concluye que estas investigaciones en la base de datos de la Policía las realizó Alejandro, sin que hubiera intervención alguna del otro agente. Unas consultas que se reconoce que «no tienen causa legal alguna». Pero sin que existan «suficientes indicios de criminalidad» debido a ellas, al existir relación entre estas búsquedas y las comprobaciones policiales para la prevención de delitos. EL POLICÍA, ABSUELTO DE LOS CARGOS DE REVELACIÓN DE SECRETOS Un caso ante el que el juez de instrucción decidía ir a juicio por un prsunto delito de revelación de secretos, y otro de injurias. Algo ante lo que el abogado Manuel Chamorro, representante del agente de policía, recurría ante la Audiencia Provincial de Madrid. En concreto, ante los magistrados Esther Arranz Cuesta (ponente), Luis Carlos Pelluz Robles, y Mª del Pilar Casado Rubio. Magistrados que, en su auto 261/2023, determinaban la extinción de la responsabilidad penal del delito de injurias. Ello, debido a que este supuesto delito ya habría prescrito. Una decisión en la que, a la vez, la Audiencia determinaba la continuación de la causa por un presunto delito de revelación de secretos. Ello, a pesar de reconocer que estas consultas, pese a que sí son datos reservados de carácter personal, no tienen «la consideración de sensibles». Algo por lo que «el mero acceso no integraría delito, salvo que se acreditara perjuicio para el titular de los datos o que este fuera ínsito, por la naturaleza de los descubiertos, como es el caso de los datos sensibles». Y es que la Audiencia decidía no archivar la causa, debido a que existían, aparentemente, testigos que podían corroborar la revelación de secretos por parte del agente de Policía, afectando a la abogada denunciante. Caso que llegaba ante el Juzgado de lo Penal nº03 de Móstoles, bajo la magistratura de José Antonio Blanco Anes. Magistrado que, en su sentencia 182/2025, absolvía al agente de los cargos. Así pues, ante este auto de la Audiencia Provincial de Madrid, la Fiscalía decidía no acusar al agente de Policía. Por su parte, la abogada mantenía la acusación, exigiendo cinco años por revelación de secretos con ocasión del cargo a Alejandro. Una acusación que, finalmente, la abogada decidía retirar en juicio de penales. Y por tanto, sin acusación, el magistrado de lo penal absuelve «libremente de toda responsabilidad criminal derivada de la imputación formulada contra él». Ello, debido a que, «no habiendo delito, no puede hablarse de autor de delito», ni de sus consecuencias penales. Decisión del magistrado que es firme, en cuanto a que todas las partes mostraron su conformidad en el acto de vista. FUENTE. CONFILEGAL

El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que, si durante el tiempo de comida, no «desconectas» por completo del trabajo, este espacio temporal cuenta como tiempo efectivo de trabajo. Una sentencia con la que el alto tribunal resuelve el conflicto de los trabajadores de transporte sanitario urgente de Barcelona con la empresa encargada, Ambulancias Domingo SAU. La hora de comida de los trabajadores del servicio de transporte de urgencias de la Ciudad Condal ha llegado ante los tribunales. Así pues, todo comenzaba en el conflicto acerca de esa hora de pausa para almorzar antes de 2018. En aquellos momentos, aunque estuviesen en su hora de descanso, los trabajadores debían seguir disponibles para atender las emergencias. Ello, manteniendo las «comunicaciones» abiertas. Una obligación que llegaba a los tribunales, produciéndose varias sentencias en las que se reconocía que este periodo debía ser considerado «tiempo efectivo de trabajo». Situación ante la que la empresa, en 2018, tomaba ,la decisión de reformular la organización del servicio. Así pues, comunicaba a los trabajadores que el tiempo de comida pasaría a ser una hora de descanso no retribuida. Ello, estableciendo que no sería necesario que los trabajadores estuviesen localizables. La modificación desencadenó un conflicto sindical inmediato. SITAC y la sección sindical de CGT criticaron que el cambio afectaba a derechos fundamentales y que constituía una represalia hacia quienes habían reclamado judicialmente en el pasado. Una demanda que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) admitía. EL SUPREMO DETERMINA SI ES TIEMPO DE TRABAJO, O NO Ello, declarando nula la modificación sustancial comunicada por Ambulancias Domingo SAU en enero de 2018. Así pues, la sala entendió que la empresa había actuado movida por un propósito lesivo. Ello, al considerar que la medida constituía “una clara represalia por haber reclamado judicialmente”. Y que así, los trabajadores afectados quedaban así “en peor situación” que aquellos que no habían demandado. Además, el TSJ concluyó que la empresa no había acreditado “razones de tipo productivo u organizativo” que justificaran el cambio. A partir de ese razonamiento, declaró la nulidad de la medida y estimó la demanda de los sindicatos. Una decisión que la empresa recurría ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la sala de lo Social compuesta por los magistrados Félix Vicente Azon (ponente), Antonio V.Sempere Navarro, Juan Molins García-Atance, Juan Manuel San Cristóbal, y Luisa María Gómez Garrido. Magistrados que, en su sentencia 808/2025, cambiaban el rumbo del procedimiento. Ello, en primer lugar, asegurando que este cambio “se aplicó por igual a todos los trabajadores”, lo que descarta cualquier trato diferenciado, motivo por el cual “no puede apreciarse represalia alguna”. El Supremo identifica después el elemento que considera decisivo: las instrucciones internas entregadas a la plantilla. En ellas se indicaba literalmente que durante la hora de comida “no estará usted a disposición de CECOS” y que los trabajadores podían proceder “al apagado de todos los sistemas de telecomunicaciones”. Para el Tribunal Supremo, esto demuestra que el tiempo de comida pasó a ser “tiempo de descanso real y efectivo”, algo que el TSJ no valoró. Por esa razón, el Alto Tribunal concluye que “no puede hablarse de cosa juzgada”, Y así, estima el recurso de la empresa, revocando la sentencia anterior y declarando ajustada a derecho la modificación de 2018. FUENTE: CONFILEGAL

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